¿Qué buscamos?

Diversos estudios de opinión confirman la urgencia de mejorar las pensiones,
manteniendo tres atributos valorados por gran parte de la sociedad: la propiedad
que los trabajadores tienen sobre sus ahorros previsionales, la consecuente
heredabilidad de ellos y la libertad de elección respecto de quién los administra.

En #YoQuieroElegir te invitamos a informarte para que puedas tomar la mejor
decisión en el futuro.

¿Qué hacemos?

La iniciativa #YoQuieroElegir nace
con el propósito de visibilizar a
cada persona el derecho de
poder elegir qué quiere hacer
con sus ahorros previsionales.

¿Qué es la libertad de elegir?

Cada persona es un actor activo en la construcción de su pensión. Por eso, la posibilidad de elegir cuál es la entidad que recauda las cotizaciones, registre los ahorros, comercialice, gestione cuentas e informe a los aportantes, es uno de los atributos que más valoran las personas de un sistema previsional en diversas encuestas realizadas en los últimos años.

Por ejemplo, la encuesta de Cadem de enero de 2024 reveló que el 75% de las personas quiere elegir quién le administra sus ahorros previsionales entre una institución estatal o una AFP. Ver encuesta.

Otra encuesta nacional de Criteria de abril de 2024, mostró que el 84% está “de acuerdo o muy de acuerdo” en que, en caso de crearse nuevas entidades previsionales, los afiliados tengan la posibilidad de elegir continuar en su actual AFP.

40% Muy de acuerdo
43% De acuerdo
6% En desacuerdo
7% Muy en desacuerdo
4% No sé / no contesta

Fuente: Opiniones y preferencias respecto de la propuesta de reforma previsional, CRITERIA, abril 2024

¿A quién pertenecen los ahorros previsionales?

Los ahorros previsionales pertenecen a los trabajadores y pensionados, son fruto de su trabajo y esfuerzo, y son heredables en caso de fallecimiento. Hay una alta valoración de los afiliados sobre esos atributos de propiedad y herencia.

Así lo refleja la encuesta Cadem de enero de 2024, que mostró que el 65% prefiere que la cotización adicional del 6%, que se plantea en la reforma previsional del Gobierno, vaya completa a la cuenta del trabajador. Ver encuesta.

En esa misma línea, la encuesta nacional realizada por Criteria en abril de 2024, mostró que el 84% de los trabajadores está “muy de acuerdo y de acuerdo” en que las cotizaciones sean de propiedad de los trabajadores, y vayan completas a su cuenta individual”.

Además, en caso de fallecimiento, el 89% quiere que sean heredables por su familia.

59% Muy de acuerdo
25% De acuerdo
7% En desacuerdo
6% Muy en desacuerdo
3% No sé / no contesta

Fuente: Opiniones y preferencias respecto de la propuesta de reforma previsional, CRITERIA, abril 2024

Las administradoras privadas
están mandatadas a administrar
y hacer crecer el ahorro de las
pensiones de los trabajadores.

¿Qué funciones considera actualmente el servicio de administración de los ahorros previsionales?

  1. Recaudan las cotizaciones previsionales para todas las cuentas que administra.
  2. Cuenta de cotizaciones obligatorias
  3. Cuenta de cotizaciones voluntarias (APV)
  4. Cuenta de depósitos convenidos
  5. Cuenta de ahorro voluntario
  6. Cuenta de trabajador(a) de casa particular
  7. Gestionan a diario las cuentas de más de 12.000.000 de afiliados y pensionados.
  8. Administran e invierten los recursos previsionales en los cinco fondos que componen los multifondos.
  9. Pagan las distintas prestaciones que establece la ley: pensión de vejez, pensión de vejez anticipada, de vejez por trabajo pesado, de invalidez total y parcial, de sobrevivencia, cuota mortuoria.
  10. Realizan educación previsional y asesoría a afiliados.
  11. Pagan herencia cuando no hay beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
  12. Pagan más de 12.000.000 de beneficios estatales anualmente como el bono por hijo, bono de invierno y subsidio de salud.
  13. Ejecutan el cobro prejudicial y judicial de las cotizaciones previsionales de los trabajadores(as).
  14. Administran los traspasos entre las distintas AFP, del ahorro previsional voluntario (APV) y de la cuenta de ahorro voluntario.

Sistema capitalización individual en 2022

Todos los pensionados que eligen la
modalidad de retiro programado, valoran
que, en caso de fallecimiento, sus ahorros
previsionales queden como herencia.

¿Cuántos se ha pagado en herencia en los
últimos años?

Según un informe realizado por la Asociación de AFP, entre enero y abril de 2023, las administradoras entregaron un total de US$97 millones a familiares de los afiliados fallecidos.

El número de herencias pagadas subió 42% en dicho periodo, ya que pasaron de las 3.646 personas que hubo en enero-abril de 2022, a casi 5.000 en los primeros cuatro meses de este año. Al comparar lo anterior con las cifras de 2021, el crecimiento es de 54%.

Si bien en 2021 ya se había entregado una cantidad récord en herencias, en 2022 se superó esa cifra y se registró un nuevo peak, llegando a US$274 millones, la entrega más alta desde que hay registro en la Superintendencia de Pensiones (2004).

En los últimos 19 años, las AFP pagaron US$2.713 millones por herencia a familiares de afiliados fallecidos. Mientras que, en los últimos tres años, la herencia promedio aumentó de $16,3 millones a $19,3 millones.

Sistema capitalización individual en 2022

Todas las cotizaciones para la pensión y su rentabilidad acumulada en el tiempo son de tu propiedad. En caso de fallecimiento, los fondos se entregan a la familia, ya sea en forma de pensión de sobrevivencia o de herencia, si no existen beneficiarios de pensión.

  1. Solicitar la herencia en la AFP con los documentos necesarios:
    Se considera para el cobro de herencia el siguiente orden de prioridad;
    • Cónyuge, Conviviente Civil e hijos.
    • Padres
    • Hermanos. Si los hermanos murieron, en caso que corresponda, heredan los sobrinos del afiliado.
    •Y otros parientes hasta el sexto grado.
  2. La AFP emi9te un certificado de saldo. Tienes hasta 10 días para retirarlo.
  3. Con el certificado de saldo, se puede tramitar la posesión efectiva.
    Dependiendo del monto de la herencia, debes tener también el certificado del Servicio de Impuestos Internos por el Impuesto a la Herencia. Ambos documentos debes presentarlos en la AFP.
  4. La AFP validará estos documentos y gestionará el pago
    Desde la verificación de los antecedentes la AFP tiene 10 días hábiles para emitir el pago.

La PGU es un beneficio estatal que complementa las
pensiones de los mayores de 65 años que es
administrado, concedido y pagado por el Instituto de
Previsión Social (IPS) a las personas que, además de
cumplir con los requisitos de edad y residencia,
pertenezcan al 90% más vulnerable de la población de
acuerdo con el Instrumento Técnico de Focalización.

¿Cuáles son los requisitos para postular?

La solicitud se puede realizar de manera electrónica o presencial. La revisión de antecedentes realizada por el IPS consulta distintas bases de datos con el fin de determinar los ingresos del grupo familiar del potencial beneficiario y su nivel de necesidades, por lo que es importante que los postulantes tengan actualizados sus datos en el Registro Social de Hogares, tanto los relacionados con ingresos, salud y composición del hogar.

Solicitud electrónica:
• La PGU se puede solicitar en la página del IPS En Línea(con clave única).
• Por video atención a través de la sucursal virtual de Chile Atiende.
• Por teléfono llamando al 101, opción 1.

Solicitud presencial:
• La solicitud de PGU se puede realizar de forma presencial en las oficinas de Chile Atiende o las Municipalidades.

¿Cómo revisar el estatus de la postulación?

El avance de la postulación o su resolución emitida por el IPS se puede revisar en el sitio de Chile Atiende con el RUT y fecha de nacimiento.

Si el IPS rechazó la solicitud, ¿Existe opción de apelar?

Si el IPS rechazó la solicitud de PGU, pero el postulante considera que la información considerada no representa su información previsional, puede ingresar una solicitud de revisión en el sitio de Chile Atiende.
Si la situación y necesidades del grupo familiar cambian luego del rechazo de la solicitud, los potenciales beneficiarios de PGU pueden realizar otra, nuevamente.

Más información en www.chileatiende.cl

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